La Cámara de Comercio de Ibagué se une a la Conciliatón Nacional 2022

Hasta el 05 de septiembre de 2022, los interesados podrán hacer envío de solicitudes de conciliación y participar de manera gratuita en esta jornada que será únicamente virtual.

La Cámara de Comercio de Ibagué se une a la séptima versión de la Conciliatón Nacional 2022, liderada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, que se realizará los días 14, 15 y 16 de septiembre de 2022, de manera gratuita y virtual, con el propósito de promover el dialogo y la resolución pacífica de los conflictos de los ciudadanos, de naturaleza civil, comercial y de familia.
Desde el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Ibagué se realizarán jornadas para, empresarios y ciudadanos de estratos 1, 2 y 3 que tengan conflictos cuyas pretensiones no superen los $10.000.000 millones de pesos.

¿Cómo participar?

Los interesados deberán ingresar a la página web www.ccibague.org, descargar y diligenciar el formulario de solicitud (Descargar aquí) y enviarla antes del 05 de septiembre al correo electrónico ccibague@ccibague.org. Hay que tener en cuenta que en dicho formato se debe agregar información de contacto de la persona a la que se convoca a conciliar, entre ellos el nombre, apellido y número de cédula, datos de contacto como dirección y número de teléfono entre otros.
Posterior a ello, se envía al correo electrónico la fecha e indicaciones del día de la audiencia.
Esta jornada nacional pretende promocionar métodos de resolución de conflictos, con el objetivo de que los ciudadanos resuelvan problemas cotidianos sin necesidad de llegar a otras instancias.

• ¿Qué temas se pueden conciliar?

En materia civil y comercial, familia se atenderán conflictos relacionados con:
• Custodia de hijos
• Fijación de cuota alimentaria
• Regulación de visitas
• Liquidación de la sociedad conyugal
• Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho
• Responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales
• Contratos de compraventa
• Contratos de arrendamiento
• Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas, u obligaciones en general
• Propiedad horizontal, particularmente cuotas de administración
• Restitución de inmuebles arrendados
• Conflictos de convivencia
• Accidentes de tránsito sin lesiones personales
• Daño en bien ajeno
• Conflictos de sociedades

Información suministrada por Alcaldia de Ibague

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