El pasado 18 de febrero, en el conjunto residencial Alminar Samoa, una niña de 9 años, su hermano y dos adultos quedaron atrapados en un ascensor por aproximadamente 20 minutos tras un apagón provocado por tormentas eléctricas. La menor, quien padece una afección cardíaca, sufrió una crisis durante el incidente, generando gran preocupación entre sus familiares y vecinos.
Versiones encontradas sobre la respuesta del conjunto residencial
La madre de la menor denunció que la respuesta de la administración y los celadores fue deficiente, pues no contaban con protocolos de emergencia adecuados para actuar con rapidez. Además, aseguró que este no es un caso aislado, ya que han ocurrido otros incidentes en el conjunto sin una solución efectiva.
Por su parte, la administración del conjunto residencial emitió un comunicado en el que asegura que se activaron los protocolos de seguridad establecidos en la Resolución 0312 de 2019 y el Decreto 172 de 2014, los cuales regulan los estándares de gestión de riesgos y seguridad en Colombia. Según la administración, el tiempo de rescate de 20 minutos se ajustó a lo estipulado en estas normativas y se brindó apoyo a los afectados durante el proceso.
En contraste, el medio de comunicación El Hormiguero desmintió la denuncia inicial, señalando que la administración sí activó los protocolos necesarios y que tomará acciones pertinentes ante la controversia generada.
¿Qué dicen las normativas sobre este tipo de emergencias?
La Resolución 0312 de 2019, emitida por el Ministerio de Trabajo, establece que las entidades deben contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), incluyendo planes de emergencia claros y efectivos para situaciones como atrapamientos en ascensores. Sin embargo, no especifica un tiempo máximo de respuesta, sino que enfatiza la importancia de procedimientos eficientes y personal capacitado.
Por otro lado, el Decreto 172 de 2014 establece lineamientos para la gestión de riesgos y respuesta a emergencias, promoviendo protocolos claros y coordinación interinstitucional. Aunque su aplicación directa es para Bogotá, sus principios pueden servir de referencia en otras regiones.
Preguntas que surgen tras este caso
• ¿Es suficiente un tiempo de rescate de 20 minutos en casos donde hay personas con condiciones médicas preexistentes?
• ¿Las administraciones de conjuntos residenciales cuentan con personal entrenado para atender emergencias de esta naturaleza?
• ¿Quién regula y supervisa la aplicación de protocolos en propiedad horizontal?
Desde Qué Onda publicamos el comunicado oficial de la administración de Alminar Samoa para que nuestros lectores tengan acceso directo a su versión de los hechos.
Lea el comunicado completo aquí:
Seguiremos atentos a la evolución de este caso y a las respuestas de las autoridades competentes.