Tolima Corazón Cafetero de Colombia

Alcaldía de Planadas promulga decreto con medidas de seguridad, orden público y tránsito con ocasión de la Feria Internacional de Café, Tolima Corazón Cafetero de Colombia

El acto administrativo, firmado por el alcalde Juan Camilo Hueje, incluye medidas como Ley Seca, circulación de motocicletas con parrillero, aeronaves no tripuladas, Alerta Amarilla, porte de armas; entre otras

Un decreto firmado por el alcalde de Planadas, Juan Camilo Hueje Ribera, incluye varias prohibiciones durante la realización de la Feria Internacional de Café, Tolima Corazón Cafetero de Colombia, que tendrá lugar en el municipio surtolimense durante los días 1, 2 y 3 de noviembre próximos. Las medidas adoptadas buscan brindar tranquilidad seguridad a los miles de visitantes que tendrá la cita los productores, profesionales, empresarios, dirigentes y amantes del mundo del café de especialidad.

El artículo primero de ese acto administrativo de la Administración planaduna establece la medida de Ley Seca medida (prohibición de consumo y venta de bebidas embriagantes y/o alcohólicas) “a partir del día 31 de octubre de 2024, desde las seis de la tarde (06:00 PM) hasta el día 03 de noviembre de 2024 a las seis de la tarde (06:00 PM) en la jurisdicción del Municipio de Planadas. En consecuencia, durante los días del evento y durante el término de Ley Seca, los establecimientos comerciales dedicados a estas actividades deberán permanecer cerrados”, establece la norma.

Así mismo, en cuanto a la circulación de motocicletas con parrillero, el artículo tercero dice textualmente: “Restringir en el Municipio de Planadas, Tolima el
tránsito de motocicletas con acompañante masculino en el horario comprendido entre las diez de la noche (10:00 PM) y las cinco de la mañana (05:00 AM) del día siguiente, desde el día 31 de octubre de 2024 hasta el día 04 de noviembre de 2024”. Este artículo contempla excepciones como “Los vehículos automotores tipo motocicleta pertenecientes a la Fuerza Pública,
Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Autoridades de Tránsito y Transporte, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud”; entre otros.

El artículo sexto prohibe “el porte de todo tipo de armas, ya sean contundentes, corto contundentes, corto punzantes, punzantes, y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas, durante el día a partir del día jueves 31 de octubre de 2024, desde las seis de la tarde (06:00 PM) hasta el día martes 05 de noviembre de 2024 a las siete de la mañana (07:00 AM). En lo relacionado con la suspensión de permisos para el porte de armas de fuego, se estará a lo resuelto por las autoridades militares”.

El artículo séptimo prohíbe “de manera definitiva el sobrevuelo de aeronaves no tripuladas, tipo drones, conforme a lo estipulado en la Resolución 1983 de 2023, desde el día 25 de octubre de 2024 a las doce de la medianoche (12:00 M) y se extenderá hasta el martes 05 de noviembre de 2024 a las siete de la mañana (07:00 AM).

Las medidas de Alerta Amarilla en la red hospitalaria están contenidas en el artículo noveno: “Declarar la Alerta Amarilla en la Red Hospitalaria pública y privada del Municipio de Planadas a partir del día jueves 31 de octubre de 2024, desde las seis de la tarde (06:00 PM) hasta el día martes 05 de noviembre de 2024 a las siete de la mañana (07:00 AM), con el fin de garantizar la atención médica ante eventualidades que requieran
la atención inmediata por parte de las autoridades de tránsito, entidades de asistencia y atención de emergencias, como la Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos, entre otras”.

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