Ley seca y otras más son las restricciones durante la jornada electoral del 29 de octubre

El porte de armas y el uso de celulares serán unas de las restricciones en los puestos de votación. Conozca cuáles son las normas expedidas por el Gobierno.

A través del decreto que expidió el gobierno nacional, del cual se establecen normas para conservar el orden público el día de las elecciones regionales del próximo 29 de octubre de 2023, y el cual ya fue firmado por el presidente Gusta Petro y por el ministro del interior, Luis Fernando Velasco. Como tradicionalmente se hace, y también

Con estas reglas se pretende preservar el buen desarrollo de las elecciones, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles, allí se establecerán los horarios para la Ley Seca, el porte de armas y posibilita a las autoridades locales decretar toque de queda, en caso de ser necesario.

Ley seca por elecciones 2023

Desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del sábado 28 de octubre queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes. La Ley Seca se extenderá hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 30 de octubre, un día después de las elecciones.

En caso de que haya segunda vuelta en Bogotá, la prohibición se aplicará solo en la capital desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del 18 noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 20 de noviembre de 2023.

Incumplir esta medida puede causarle sanciones definidas por las alcaldías locales y por la Policía, según lo establece el Código Nacional de Seguridad y Convivencia.

Restricción al porte de armas

La fuerza pública deberá suspender los permisos del porte de armas desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del sábado 28 de octubre hasta seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 30 de octubre. Ese término podrían ampliarlo las autoridades militares para prevenir alteraciones del orden público, si es decisión de los consejos departamentales, y municipales de seguridad.

Uso del celular en el puesto de votación

No puede hacer uso de celulares ni de cámaras fotográficas o de video en los puestos de votación durante la jornada electoral. La restricción será entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., a excepción de los medios de comunicación que deseen participar en el cubrimiento, con previa coordinación con la Registraduría.

 

 

 

Testigos electorales

De acuerdo con el decreto, los testigos electorales podrán asistir a los puestos de votación desde las 7:00 a.m., y pueden permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de mesa. Para ingresar deberán identificarse con la cédula de ciudadanía y la respectiva credencial diligenciada y firmada. La credencial de testigo electoral tiene el carácter de personal e intransferible.

Propaganda política

Hay que decir también que este domingo serán los cierres de campaña, puesto que a partir del lunes 23 de octubre hasta el próximo 30 de octubre quedan prohibidas las reuniones de carácter político haciendo uso del espacio público. Igualmente, durante el día de las elecciones no es posible portar propaganda o hacer manifestaciones con fines electorales.

Por otro lado, se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 6:00 p.m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4:00 p.m. del 29 de octubre de 2023. La fuerza pública vigilará el traslado del material electoral inmediatamente después de terminado el pre conteo en las mesas de votación a las comisiones escrutadoras a las cabeceras municipales y departamentales.

Información tomada de El Espectador

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