Se busca eliminar barreras para la atención en salud de la población, mejorar el flujo de recursos entre EPS e IPS y brindar transparencia en el proceso de contratación.
Según María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social “la expedición de este acto administrativo corresponde a una actualización de una norma de hace 15 años y constituye un hito en el avance de la protección del derecho fundamental a la salud de los colombianos y demás población residente en el territorio nacional.”
El Decreto 441 de 2022, es fruto del trabajo concertado con los distintos actores del sector salud y refleja el avance y la innovación en los instrumentos contractuales, encaminados al uso de modalidades de pago orientadas a la prestación integral de los servicios, la no fragmentación de estos y la obtención de resultados en salud.
En tal sentido, sostuvo Godoy que esta política tiene implicaciones positivas hacia los usuarios, definidas en:
- Garantía de la atención oportuna e integral sin barreras.
- Disposición de información que permita la toma de decisiones informadas acerca de su prestador o proveedor, así como de la EPS a la cual desean estar afiliados.
- Eliminación de autorizaciones para la atención de enfermedades como el cáncer infantil, cáncer de adultos, VIH, población materno perinatal y promoción y prevención de la salud.
- Modelos de atención que respondan a las diferentes necesidades en salud, de acuerdo con las diferencias poblacionales y de territorio.
- Que los usuarios en general y en especial quienes presentan condiciones crónicas y de alto costo no se vean afectados ante procesos administrativos como cambios de prestadores, terminación anticipada de contratos o asignaciones de población.
Fuente: Minsalud