Para vigilar que estas organizaciones apliquen en todos sus trámites la normatividad comunal.
La Administración Municipal, junto a la dirección de Participación Ciudadana y Comunitaria, informó que de acuerdo a la resolución 0108 de 2022 expedida por el Ministerio del Interior.
El documento establece en su artículo 6 que la elección de directivos y dignatarios de los Organismos de Acción Comunal se desarrollarán de conformidad al siguiente calendario electoral:
a) Las Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria que no llevaron a cabo las elecciones el pasado 28 de noviembre de 2021, podrán hacerlo el 24 de abril de 2022 y su periodo inicia el primero de julio del 2022.
b) Las Asociaciones de Juntas de Acción Comunal lo podrán hacer el 31 de julio de 2022 y su periodo inicia el 1 de septiembre del 2022.
c) Las Federaciones de Acción Comunal lo podrán hacer el 25 de septiembre de 2022 y su periodo inicia el primero de noviembre del 2022.
d) La Confederación Nacional de Acción Comunal, lo podrá hacer el 27 de noviembre de 2022 y su periodo iniciará el primero de enero del 2023.
Finalmente, para el caso de las elecciones de las JAC y JVC llevadas a cabo el 28 de noviembre de 2021, las gobernaciones, alcaldías y alcaldías delegadas que al Primero de febrero de 2022 no hayan emitido los actos administrativos de dichas elecciones, podrán enviar y notificar de manera gradual los respectivos actos entre el primero de febrero y el 20 de junio de 2022, siendo esta última la fecha límite.


