Acto reglamentario con el fin de ofrecer herramientas necesarias para retornar a la presencialidad del personal de la Asamblea.
La Asamblea del Tolima aprobó con 13 votos positivos en su primer debate el proyecto de acto reglamentario por medio del cual se adiciona un parágrafo transitorio en los Artículos por el cual se expide el reglamento interno de la corporación.
Giovanny Molina, presidente de la corporación, presentó ante los asambleístas el proyecto de acto reglamentario, con el objetivo de brindar las herramientas necesarias para retornar a la presencialidad del personal de la corporación (diputados, personal de planta y contratistas) según lo establecido en la resolución N 777 de 2021 y brindar condiciones y lineamientos para aquellos que aún no tienen su esquema de vacunación y que, por ende, continua sus labores virtualmente.
Esta decisión modificará dos artículos 10 y 52 del Acto Reglamentario que rige a la corporación y los cuales quedarán así:
ARTÍCULO 10. La Asamblea Departamental del Tolima, se reunirá ordinariamente en la ciudad de Ibagué, capital del Departamento y en el recinto constituido para el efecto. Salvo cuando se apruebe por mayoría simple en plenaria la sesión descentralizada.
Cuando por motivos de perturbación de orden público, declaratoria de estado de emergencia, calamidad pública, caso fortuito, fuerza mayor o factores que puedan poner en riesgo la integridad física, salud y/o vida de los miembros de la Asamblea Departamental, y la Corporación deba reunirse para sesionar de manera ordinaria o extraordinaria, ésta podrá acudir al uso de tecnologías a través de plataformas virtuales para la realización de las sesiones de manera no presencial, y de esta manera cumplir con lo establecido en el Reglamento Interno de la Corporación, la Ley y el mandato Constitucional.
PARAGRAFO TRANSITORIO: Quienes a partir de la entrada en vigencia de la resolución 777 de 2021 “por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas”, no hayan recibido el esquema completo de vacunación continuaran sesionando de manera virtual, hasta tanto no se programe y cumpla esta condición.
Para aquellos que no deseen cumplir con el esquema de vacunación, deberán manifestar de forma expresa, autónoma y voluntaria por escrito su decisión y deberán retornar en los términos establecidos en los protocolos adoptados por la Asamblea Departamental.